Iniciativa Popular "MOVILIDAD PREVISIONAL YA" proyecto presentado por los Senadores Nacionales Ruben Giustiniani (PS) y Gerardo Morales (UCR)
El Partido Socialista de San Pedro comenzará esta semana la recolección de firmas a fin de apoyar la iniciativa de los senadores mencionados a fin que la misma tenga tratamiento legislativo. A tal fin se pondrán a disposición de la población en distintos puntos de la ciudad las planillas a fin que se puedan recolectar las firmas requeridas.
El proyecto de ley tiene por finalidad cumplir con el mandato que la CSJN instituyó en su reciente fallo sobre la movilidad en los autos "Badaro, Valentín c/ANSES sobre reajustes varios" en el que se solicitara a los otros dos poderes de la Nación que instrumente los medios necesarios a fin de garantizar la movilidad de las jubilaciones que es un derecho garantizado por el art. 14 bis de la CN.-
El citado fallo en uno de sus considerandos explicitamente manifiesta que "La movilidad no es un reajuste por inflación sino que es una previsión con profundo contenido social referente a la índole sustitutiva ... para la cual es menester que su cuantía mantenga una proporción razonable con los ingresos de los trabajadores".
La seguridad social es un derecho humano fundamental, consagrado en el artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional, correspondiendo al Estado Nacional la responsabilidad ineludible de garantizar su otorgamiento.
El Congreso de la Nación debe por ello abordar de inmediato aquellas reformas a la legislación previsional que aseguren la restitución de las garantías constitucionales de protección de la ancianidad, de integralidad, y movilidad vulneradas por las reformas llevadas a cabo durante la década del noventa por los adalides del neoliberalismo que buscaron transformar la previsión social solidaria en un negocio privado de especulación financiera y ganancias extraordinarias para los banqueros.
Este sistema previsional que emergió durante los ’90 habría de consolidar una situación de elevada desprotección general en materia previsional. Más del 60% de los beneficiarios perciben la jubilación mínima, cuadro de situación que no es fruto de la casualidad, sino de las consecuencias que en términos de desfinanciamiento, reducción de la cobertura y regresividad distributiva ha generado el "negocio" de las AFJPs.
Ni los distintos mecanismos legales que pretendieron suplantar el principio de movilidad, ni los aumentos jubilatorios decretados por el Poder Ejecutivo Nacional, han podido recomponer los haberes de uno de los sectores más castigados de nuestra sociedad.
En este contexto, y con la intención de recomponer los ingresos de nuestros jubilados y pensionados, los invitamos a suscribir la presente iniciativa popular para que el Congreso Nacional, en concordancia con el principio de movilidad consagrado en nuestra Constitución Nacional, establezca un sistema de movilidad de los haberes del sistema previsional público adecuando con un criterio de justicia y razonabilidad los haberes de pasividad con las remuneraciones del activo.
Prof. Alan Ocampo
Secretario General
Partido Socialista
San Pedro